¿Cuánto es mi CTS si gano 1500 soles?

Cuanto es mi CTS si gano 1500 soles
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La pregunta es directa y la respuesta también lo es: si ganas S/ 1,500 al mes y trabajaste los seis meses completos del semestre, tu CTS de ese período es de S/ 750. Eso es lo que tu empleador debe depositar en tu cuenta CTS dos veces al año, en mayo y en noviembre.

Pero ese número puede variar según cuántos meses trabajaste en el semestre, si recibes asignación familiar, cuánto fue tu última gratificación y si tienes otros ingresos regulares. En este artículo te explicamos cómo llegar al número exacto con ejemplos concretos para un sueldo de S/ 1,500.

¿Qué es la CTS y por qué te la descuentan?

La CTS, Compensación por Tiempo de Servicios, es un beneficio laboral obligatorio regulado por el Decreto Legislativo N° 650 y sus modificatorias. No es un descuento de tu sueldo: es un aporte que hace tu empleador en una cuenta bancaria a tu nombre, como fondo de protección en caso de que pierdas el empleo.

Esa plata no sale de tu bolsillo. La paga la empresa encima de tu sueldo. Lo que sí puede confundir es que aparece en tu liquidación o en los papeles de tu empresa, pero no te la quitan de tu sueldo mensual.

El depósito se hace dos veces al año: hasta el 15 de mayo, cubriendo los meses de noviembre a abril, y hasta el 15 de noviembre, cubriendo los meses de mayo a octubre. Si tu empleador no deposita en esas fechas, está cometiendo una infracción grave que puede ser denunciada ante SUNAFIL.

 

 

La fórmula para calcular tu CTS

La fórmula oficial es la siguiente:

CTS = (Remuneración computable ÷ 12) × meses trabajados en el semestre

Donde la remuneración computable incluye tres componentes: tu sueldo bruto mensual, la asignación familiar si la recibes, y un sexto de tu última gratificación.

Desglosado queda así:

Remuneración computable = Sueldo bruto + Asignación familiar + (Última gratificación ÷ 6)

Cuánto es tu CTS si ganas S/ 1,500 y trabajaste todo el semestre

Este es el caso más simple. Si tu sueldo es S/ 1,500, no recibes asignación familiar y tu última gratificación fue de S/ 1,500:

Remuneración computable: S/ 1,500 + (S/ 1,500 ÷ 6) = S/ 1,500 + S/ 250 = S/ 1,750

CTS del semestre: (S/ 1,750 ÷ 12) × 6 = S/ 145.83 × 6 = S/ 875

Si tu gratificación fue exactamente igual a tu sueldo, que es lo normal en el régimen general, tu CTS semestral es S/ 875. Si no incluimos el sexto de la gratificación y usamos solo el sueldo base:

CTS básica: (S/ 1,500 ÷ 12) × 6 = S/ 750

Ambos cálculos son válidos dependiendo de si se incluye o no el componente de gratificación. La ley establece que sí debe incluirse, por lo que el número correcto con todos los componentes es S/ 875 para un trabajador con sueldo de S/ 1,500 que trabajó los seis meses completos.

¿Cuánto es tu CTS si ganas S/ 1,500 pero no trabajaste todo el semestre?

Este es el caso más común. Si entraste a trabajar a mitad del semestre, tomaste licencia sin goce de haber o tienes faltas injustificadas, el cálculo es proporcional a los meses efectivamente trabajados.

Ejemplo 1: Trabajaste 4 meses del semestre

Remuneración computable: S/ 1,750 (sueldo + sexto de gratificación)
CTS: (S/ 1,750 ÷ 12) × 4 = S/ 145.83 × 4 = S/ 583.32

Ejemplo 2: Trabajaste 3 meses del semestre

CTS: (S/ 1,750 ÷ 12) × 3 = S/ 145.83 × 3 = S/ 437.50

Ejemplo 3: Trabajaste solo 1 mes del semestre

CTS: (S/ 1,750 ÷ 12) × 1 = S/ 145.83

Cuánto es tu CTS si ganas S/ 1,500 y recibes asignación familiar

La asignación familiar es un beneficio adicional que reciben los trabajadores con hijos menores de 18 años o hijos con discapacidad. En 2026 equivale al 10% de la Remuneración Mínima Vital (RMV), que con el sueldo mínimo vigente de S/ 1,130 representa S/ 113 mensuales.

Si ganas S/ 1,500 y recibes asignación familiar, tu remuneración computable cambia:

Remuneración computable: S/ 1,500 + S/ 113 (asignación familiar) + S/ 252.17 (sexto de la gratificación de S/ 1,613) = S/ 1,865.17

CTS del semestre completo: (S/ 1,865.17 ÷ 12) × 6 = S/ 932.58

Qué pasa con los días adicionales que no completan un mes

La fórmula calcula meses completos, pero si tienes días sueltos que no completan un mes, también se computan en forma proporcional. Por cada día adicional se aplica una treintava parte de la remuneración mensual computable dividida entre 12.

Por ejemplo, si trabajaste 4 meses y 15 días:

Meses completos: 4
Días adicionales: 15
CTS por meses: (S/ 1,750 ÷ 12) × 4 = S/ 583.32
CTS por días: (S/ 1,750 ÷ 360) × 15 = S/ 72.92
Total CTS: S/ 656.24

Qué no entra en el cálculo de la CTS

Hay conceptos que la gente cree que suman al cálculo y en realidad no lo hacen:

La bonificación extraordinaria de gratificación, que equivale al 9% de la gratificación y que el empleador paga en lugar de aportar a EsSalud por ese concepto, no entra en el cálculo de la CTS. Tampoco las horas extras, a menos que sean regulares y consistentes en el semestre. Las movilidades, refrigerios y otros conceptos no remunerativos tampoco se incluyen.

Lo que sí puede incluirse son las comisiones y bonos regulares, es decir, aquellos que el trabajador recibe de forma constante en al menos tres de los seis meses del período. En ese caso se calcula el promedio mensual y se suma a la base.

¿Cuándo te depositan la CTS y cómo verificarlo?

El empleador tiene hasta el 15 de mayo para depositar la CTS del período noviembre-abril, y hasta el 15 de noviembre para la del período mayo-octubre. Si esa fecha cae en fin de semana o feriado, el plazo se corre al siguiente día hábil.

Para verificar si ya te depositaron, puedes revisar directamente desde la app o banca digital del banco donde tienes tu cuenta CTS. También puedes consultar con el área de Recursos Humanos de tu empresa y pedir que te muestren la liquidación de CTS correspondiente al período.

Si no tienes claro en qué banco está tu cuenta CTS, puedes preguntar a RRHH o consultar tus boletas de pago, donde generalmente aparece el banco depositario.

¿Puedes retirar el 100% de tu CTS hasta diciembre de 2026?

Esto es importante y actualizado: la Ley N° 32322 autoriza a todos los trabajadores del sector privado a retirar hasta el 100% de los fondos acumulados en su cuenta CTS hasta el 31 de diciembre de 2026. No necesitas haber cesado, no necesitas carta de tu empleador, solo ir a tu banco y solicitarlo.

Después de esa fecha, salvo que se apruebe una nueva prórroga, vuelve a aplicar la regla permanente: solo puedes retirar el excedente de cuatro sueldos brutos acumulados mientras sigues trabajando, y el 100% solo cuando cesas el vínculo laboral.

Para entender qué hacer con tu CTS y en qué banco conviene tenerla, lee retiro de CTS: cómo y hasta cuándo retirar → y compara las tasas de interés que pagan las distintas entidades en cuentas CTS →

Preguntas frecuentes sobre la CTS con sueldo de S/ 1,500

¿La CTS se descuenta de mi sueldo mensual?

No. La CTS la paga el empleador adicionalmente a tu sueldo. No aparece en tu boleta mensual como descuento porque no sale de tu remuneración: es un costo laboral adicional que asume la empresa.

¿La CTS paga impuestos o AFP?

No. La CTS está inafecta al impuesto a la renta y no genera aportes a AFP ni ONP. El monto que te depositan es íntegro y va directo a tu cuenta sin ningún descuento.

¿Qué pasa si mi empleador no me deposita la CTS?

Es una infracción grave. Puedes denunciar a tu empleador ante SUNAFIL, que puede imponerle multas. También puedes exigir el pago directamente por carta notarial. Para entender cómo funciona una carta notarial en este contexto, lee carta notarial para cobro de deuda →

¿Si renuncio pierdo mi CTS?

No. Al cesar el vínculo laboral, sea por renuncia o despido, tienes derecho a retirar el 100% de tu CTS acumulada. Si cesaste antes de la fecha de depósito de mayo o noviembre, también tienes derecho a la CTS proporcional al tiempo trabajado desde el último depósito, que se llama CTS trunca y debe pagarse dentro de las 48 horas del cese.

¿En qué banco conviene tener mi cuenta CTS?

Puedes elegir el banco que prefieras, solo debes comunicarlo a tu empleador por escrito. Lo que conviene evaluar es la tasa de interés que ofrece cada entidad sobre el saldo de tu cuenta CTS, porque ese dinero genera rendimiento mientras está depositado. Compara las opciones disponibles en cuentas CTS →

Con un sueldo de S/ 1,500 tu CTS semestral está entre S/ 750 y S/ 875 dependiendo de si incluyes o no el componente de gratificación, y es proporcional a los meses que hayas trabajado efectivamente en el período. Si tienes dudas sobre tu liquidación o crees que tu empleador no depositó lo que corresponde, pide la hoja de cálculo a RRHH y compárala con la fórmula de este artículo. Es tu derecho saber exactamente cuánto te corresponde.

 

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